NOTIVIDA,
Año VI, nº
386, 29 de agosto de 2006
ES LEY
LA
ESTERILIZACIÓN
QUIRÚRGICA
La Ley
Nº 26.130,
sancionada el 9 de agosto, fue promulgada ayer por el presidente Kirchner (Dec.
1110/2006)
y
publicada hoy en
el Boletín Oficial
Por
Mónica del
Río
La ley
le garantiza a toda persona mayor de edad el “derecho” a esterilizarse
quirúrgicamente en los servicios del Sistema de Salud. No se requerirá indicación médica precisa,
consentimiento del cónyuge o conviviente, ni autorización judicial -excepto para
las personas declaradas judicialmente incapaces-. Curiosamente los mismos
que sostienen que no se le puede pedir a la gente que se case para toda la vida;
decidieron que sí se puede optar por una esterilización irrevocable y
definitiva. Recordemos además que el proyecto que baja la mayoría de edad -de
21 a 18
años- cuenta con media sanción del Senado desde el 23 de noviembre
pasado.
Aunque
los médicos pueden hacer objeción de conciencia, todo centro de salud, público
o privado -aún si es confesional-, tendrá que realizar forzosamente estas
intervenciones que contravienen el orden natural y han sido -explícita y
reiteradamente- condenadas por el Magisterio de la Iglesia.
Consentimiento
informado
Si bien
el art. 4º prevé que el
médico debe dejar constancia en la historia clínica de haber proporcionado al
paciente información sobre las implicancias, riesgos y consecuencias de la
práctica a realizar y que el consentimiento debe ser “debidamente conformado”
por el paciente; no se limitan las circunstancias en que este consentimiento
pueda prestarse. ¿Una parturienta con un bajo nivel de educación que acude
sola a un
hospital público, está en condiciones de tomar una decisión irreversible? Los
abortistas sostienen que el filicidio durante el parto y puerperio debe tener
menor penalidad por las particulares condiciones emocionales de la mujer, bajo
ese supuesto piden la libertad de Romina Tejerina, la joven jujeña que
mató de 17 puñaladas a su bebé recién nacido. Con igual pretexto el Anteproyecto
de Código Penal, que el Gobierno dio a conocer en mayo, reduce la pena
para la madre que mate a su hijo durante el nacimiento o el estado puerperal
(art. 87 del Anteproyecto). Vale decir, los mismos ideólogos que
consideran que esas circunstancias obnubilan la razón al punto de atenuar el
asesinato de un hijo, sostienen que no empañan la lucidez para optar por una
mutilación.
Sin vuelta
atrás
La
“reversibilidad” de la esterilización quirúrgica es
compleja, difícil y costosa, por eso el proyecto no la contempló. Los abortistas
lo saben perfectamente, saben que sólo es reversible en escasas ocasiones, y que
este proceso tiene riesgo quirúrgico. Por eso, en lugares como la Ciudad de
Buenos Aires donde se la practica desde el 2003 por resolución de la Secretaría de salud
(resolución que curiosamente no fue publicada nunca en el Boletín Oficial) se
aseguran de que el paciente esté firmemente decidido a no volver a tener hijos.
En realidad nadie piensa en la recanalización como método para restaurar la
fecundidad, lo que se ofrecerá gratuitamente -en un futuro no muy lejano- a los
inevitables arrepentidos, es la inmoral fertilización artificial (FIV). La FIV
está en avanzado estudio en el Senado.
Las
provincias
Los centros
de salud provinciales deberán también esterilizar gratuitamente a requerimiento
del paciente. Más de un legislador señaló en la Cámara de Diputados, que ésta es
una intromisión abusiva del estado nacional que provoca el incremento del
presupuesto de salud de los hospitales provinciales y, por ende, de cada
provincia. No obstante, durante ese
debate, Sylvestre Begnis
explicó que invitar a las provincias a adherir colisiona con el sentido que
pretenden darle a la ley: "la esterilización como derecho”.
El texto
completo de la ley se puede consultar en
http://www.notivida.org.ar/legnacional/Ley%2026130%20Contracepcion_quirugica.html
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NOTIVIDA, Año
VI, nº 386, 29 de agosto de 2006
Editores: Pbro.
Dr. Juan C.
Sanahuja y Lic. Mónica
del Río
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web http://www.notivida.org
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