NOTIVIDA,
Año VII, nº
475, 17 de octubre de 2007 Senado de
EL "HOMOMONIO"
LLEGÓ AL SENADO Por Mónica del
Río En el día de ayer
la oficialista Vilma Ibarra presentó un proyecto de reforma del Código Civil
para legalizar el “matrimonio” homosexual. El expediente responde a lo
anticipado en el Plan Nacional Contra Recordemos que
en Diputados el expediente se presentó el 30 de abril de este año y lleva en la
actualidad la firma de 20 legisladores. Encabezaron los socialistas que hoy
integran Dicho de
otro modo el punto de convergencia entre la abanderada de la oposición y el
actual gobierno -el objetivo que les permite superar las diferencias y alcanzar
el consenso- es la destrucción de la familia. El expediente de
Ibarra Lleva el Nº 3218/2007 y al
igual que el de diputados modifica varios artículos del Código Civil,
reemplazando los términos esposo/esposa; marido/mujer; padre/madre, por
contrayentes, cónyuges o padres. Tras esos cambios los homosexuales podrán
acceder al matrimonio y a todos los derechos vinculados a esa institución,
incluida la adopción. Los fundamentos del
proyecto Para Ibarra -candidata a diputada nacional por el
Frente para Según
afirma la legisladora, su proyecto le “reconoce a las personas la libertad de
elegir con quien asumir los compromisos de la convivencia en pareja, regulada en
la institución jurídica y laica del matrimonio”. Lo que “no sólo implica un desagravio a
sectores sociales que han sido y siguen siendo marginados y perseguidos, sino
que es fundamentalmente una conquista real y simbólica para toda la sociedad.
Siempre que se iguala en derechos, la sociedad gana en libertades y
ciudadanía”. Acotemos
que una sociedad nunca gana con las injusticias y que es tan injusto tratar
diferente lo igual como tratar igual lo diferente. La unión conyugal responde a
la naturaleza humana y tanto el bien de los esposos, como el poder engendrar los
hijos y educarlos (fines naturales del matrimonio), exigen la unión de varón y
mujer. Dos personas del mismo sexo no pueden procrear, siendo esta finalidad
principal del matrimonio y no pueden complementarse –ni en lo sexual, ni en lo
psicológico, ni en lo afectivo-. Lejos de ser discriminatorio, sería injusto
darle el status jurídico de matrimonio a estilos de vida que naturalmente no
pueden ser matrimoniales. Ibarra,
que en su análisis deja de lado la justicia, entiende que sería
“discriminatorio” “distinguir por su
orientación sexual a las personas en el ejercicio de derechos”.
Reconoce
la senadora que avanzaron con la ley del divorcio y enfatiza que “esta vez, se trata de la igualdad entre
todas las personas sin importar su orientación
sexual”. Según Ibarra en el momento en que se
sancionó el Código Civil Argentino había “distinciones que respondían a una serie de
creencias y valores que regían en la sociedad al momento”. Hoy –prosigue- a
la luz de “los nuevos valores y conductas
sociales”, esas distinciones resultan “discriminatorias y atentan contra el derecho
de igualdad ante la ley”. Tras
mencionar como antecedentes locales la ley
1.004 de Reiteremos
finalmente que el Santo Padre ha manifestado, en más de una oportunidad, que hay
al menos tres principios no negociables para un católico en la vida
pública y que uno de esos principios “no negociables” es el “reconocimiento de
la estructura natural de la familia” (Vid Notivida
473). Así como esa “estructura natural” exige la
indisolubilidad matrimonial y deviene en ilegítima la ley de divorcio vincular;
reclama que se unan en matrimonio una persona hombre y una persona mujer. Si
prospera esta iniciativa presenciaríamos un nuevo y gravísimo ataque al Orden
natural y nos veríamos obligados a desobedecer otra ley ilegítima.
FIN ______________________________________ NOTIVIDA, Año
VI, nº 475, 17 de octubre de 2007 Editores: Pbro.
Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río Página
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