NOTIVIDA,
Año IX, Nº 619, 28 de septiembre
de 2009 MONS. LONA REITERA SU PREOCUPACIÓN POR LA DESIGNACIÓN DE JUECES ABORTISTAS Considerando la noticia -ampliamente difundida por los Medios masivos de
comunicación- acerca de la postura de la Integrante de
El
Obispado de San Luis volvió a difundir la declaración que su Obispo,
Mons.
Destaquemos
que en aquella ocasión, el Obispo puntano animó enfáticamente a los ciudadanos a
objetar dicha candidatura, tal como lo permitía la ley vigente, y denunció la
designación de Argibay como un avance hacia la legalización
del aborto en la Argentina (Vid, entre
otros, Notivida 197, 198, 202, 204, 212, 230, 231, 234 y 235). A
continuación volvemos a consignar el texto de la Declaración que Mons. Lona
emitiera el 8 de Enero de
2004: No caben dudas sobre el rechazo de la Iglesia ante el aborto,
como “derecho de la mujer a decidir sobre su propio
cuerpo”. Hace menos de dos meses –el 15 de noviembre de 2003- los Obispos de la
Argentina reunidos en Asamblea Plenaria emitieron una importante declaración
sobre la familia, en donde expresaron categóricamente su preocupación por “la
existencia de proyectos de ley que pretenden legalizar el horrendo crimen del
aborto”. El aborto voluntariamente procurado es un crimen, porque nadie –ni
mujer ni varón- puede tener derecho a darle muerte al niño aun no nacido, el ser
humano mas inocente que se pueda imaginar, y tan indefenso que ni siquiera puede
llorar implorando por su vida, como recuerda Juan Pablo II. (Evangelio de la
vida”, Nº 58). El aborto no es
una decisión sobre el “propio cuerpo”, sino una decisión mortífera sobre el
cuerpo de otro ser humano. Los avances de
la ciencia moderna han superado cualquier duda al respecto. Desde que en la
concepción se unen el óvulo y el espermatozoide, queda constituido el patrimonio
genético que define la identidad personal del nuevo ser humano. Nuestra
Constitución Nacional afirma el derecho del niño a la vida “desde el momento
de su concepción”. A partir de este fundamento natural y jurídico ¿cómo puede comprenderse
la opinión públicamente manifestada por Sólo puede comprenderse como una posición personal, que interpreta la
misión para la cual ha sido propuesta -integrar La definición de Es la hora de los laicos, de los católicos y de todos los hombres y
mujeres de buena voluntad dispuestos a defender el primero de los derechos
humanos: el derecho a la vida. +Mons. Obispo de San Luis Catecismo de
2270. La
vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento
de 2271. Desde
el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto
provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto
directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario
a la ley moral. 2272. La
cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona
con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. ‘Quien
procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae’,
es decir, ‘de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito’.
2273. El
derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un
elemento constitutivo de la sociedad civil y de su
legislación. ______________________________________ NOTIVIDA, Año IX, Nº
619, 28 de septiembre de
2009 Editores: Pbro.
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