NOTIVIDA, Año X, Nº 729, 16 de agosto de 2010

Ciudad de Buenos Aires, Argentina

PROFESORES DE LA UBA A FAVOR DE LA VIDA

La resolución del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires (UBA) que promueve la legalización del aborto fue rechazada de inmediato por decenas de académicos de esa alta casa de estudios.

Se reciben adhesiones a esta declaración a favor de la vida humana en: profesoresubaporlavida@hotmail.com.ar

Destacan los profesores de la UBA en su pronunciamiento que el “supuesto derecho” al aborto invocado es “manifiestamente criminal”, inconstitucional y absolutamente contrario al Estatuto Universitario.

A continuación el texto completo de la declaración:

PROFESORES DE LA UBA CONTRA EL PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO SUPERIOR RECHAZAN LA LEGALIZACIÓN DEL ABORTO

Los firmantes, profesores de la Universidad de Buenos Aires, rechazamos el pronunciamiento de su Consejo Superior del 11 de agosto p.pdo. a favor de un cambio en la legislación nacional en el sentido de la despenalización de la interrupción del embarazo y a favor del supuesto derecho al aborto legal, seguro y gratuito.

Dicho acto es en absoluto contrario a las Bases del Estatuto Universitario en cuanto ni promueve ni preserva la cultura –Base I–, ni contribuye a su desarrollo –Base II–, exhibiendo falta de espíritu de rectitud moral y de responsabilidad cívica –Base III–, quebrantado la obligación de ser prescindente en materia ideológica, política y religiosa –Base IV–.

La Constitución Nacional –art. 75 inc. 23– ordena proteger al niño desde el embarazo y a la madre durante el embarazo y la Convención Americana sobre Derechos Humanos –art. 4.1– establece que toda persona tiene derecho a que se respete su vida a partir del momento de la concepción y que nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

Los postulados del Consejo Superior son, pues, claramente inconstitucionales y el supuesto derecho invocado no sólo carece de toda base legal, sino es manifiestamente criminal, ya que se trata, como predica la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio –art.II.d– de una medida destinada a impedir los nacimientos en el seno del grupo con la intención de destruir parcialmente a un grupo nacional, en este caso los argentinos, especialmente los más pobres.

Buenos Aires, 12 de agosto de 2010, a 189 años de la erección de la Universidad de Buenos Aires.

Carlos Ricardo Guardo (FO), Alicia Parodi (FFYL), Miguel Angel Sardegna (FCE), profesores consultos; Norma Sbarbati (FCEN), profesora titular plenaria; Pablo Adrián Cavallero (FFYL), Héctor Eduardo Lanfranchi (FO), Eduardo Santini Araujo (FM), profesores titulares; Rodolfo Iribarne (FCE), María del Carmen Ríos (FCEN), profesores asociados; Alicia Susana Irazábal (FO), Elsa René Manterola (FO), Alejandro C. Molina (FD), Mercedes Muro De Nadal (FCE), Pedro M. Politi (FM), profesores adjuntos (siguen las firmas).

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NOTIVIDA, Año X, Nº 729, 16 de agosto de 2010

Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

Página web:  www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com  

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