Cámara de Diputados
de la Nación
FECUNDACIÓN ARTIFICIAL
OBTUVO DICTAMEN
La comisión de Presupuesto
despachó fecundación artificial y quedó en condiciones de llegar al recinto.
Podría obtener la media sanción en pocos días. Es una grave afrenta a la
dignidad de la persona comenzar su existencia como un producto de
laboratorio.
En la
tarde de hoy y en pocos minutos, la comisión de Presupuesto despachó fecundación artificial. El proyecto
contaba ya con el visto bueno de Salud, Legislación General y Familia. Habiendo
pasado por las 4 comisiones que debían estudiar el tema quedó listo para ser
debatido por el pleno.
El dictamen de
mayoría impulsado fundamentalmente por Silvia Majdalani (PRO) permite la
donación de gametos y embriones, y el alquiler de vientres. El médico tratante
decidirá el número de ovocitos a inseminar y de embriones a transferir. Permite
la criopreservación de “embriones viables humanos”. “Cuando los
gametos y embriones no sean reclamados después de un período de diez (10) años
deben ser descartados”.
Hay, además, 4
dictámenes de minoría:
El de Mario Fiad (UCR, Jujuy) exige que la mujer tenga una edad mínima de
18 años y máxima de 50 y que cuente con una pareja estable (3 años). Permite la
donación de gametos y la criopreservación de
embriones.
El de Ivana
Bianchi (Peronismo Federal, San Luis) sólo permite acceder a las técnicas
a “parejas
heterosexuales que acrediten una relación estable de al menos de 3 años, sean
mayores de edad y se encuentren en edad reproductiva”. Prohíbe la donación de
gametos, la criopreservación, donación y descarte de embriones; y la subrogación
de vientres. Exige la transferencia en un solo acto de todos los embriones
fecundados (máximo 3).
El
de Marcela Rodríguez (Democracia
Igualitaria y Participativa, BsAs);
es similar al dictamen de mayoría pero le permite acceder a la técnica a parejas
del mismo sexo.
El
de Julián Obiglio (PRO, Cap.Fed.): prohíbe la práctica y penaliza con
prisión de 6 meses a 2 años a quien la aplique.
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NOTIVIDA, Año XI, Nº
788, 9 de noviembre de 2011
Editores: Lic.
Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
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